Construyendo el futuro
Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de inversión para mejorar la gestión ambiental, la eficiencia energética y la digitalización de los albergues de peregrinos de titularidad pública
La Consejería de Presidencia aprueba ayudas para financiar proyectos de inversión en albergues de peregrinos en Asturias. El objetivo es mejorar la gestión ambiental, la eficiencia energética y la digitalización, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por los fondos de la UE Next Generation.

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La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo ha aprobado las bases y convocatoria de ayudas para financiar proyectos de inversión que mejoren la gestión ambiental, eficiencia energética y digitalización de los albergues de peregrinos de titularidad pública en el Principado de Asturias. Estas ayudas forman parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por los fondos de la UE Next Generation. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el 15 de diciembre de 2023.

Convocatoria publicada: 15/12/2023

 

Objeto

La línea de inversión tiene como objetivo financiar la realización de inversiones en albergues de peregrinos del Camino de Santiago de titularidad pública, propiedad de entidades locales del Principado de Asturias. Las finalidades específicas son mejorar la gestión de residuos, la eficiencia energética y reducir el consumo de energía no renovable de los edificios, promover la movilidad eléctrica y ofrecer conectividad gratuita a internet a los peregrinos que se alojen o utilicen las instalaciones. Para lograr esto, se instalarán equipamientos para la gestión sostenible, la separación, la recogida selectiva, la recuperación o el reciclaje de los residuos originados en los albergues, se intervendrá tanto en la envolvente térmica como en los sistemas de iluminación, calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria de los albergues para que sean edificios de consumo de energía casi nulo, se instalarán puntos de recarga de bicicleta eléctrica y dispositivos móviles y se mejorarán la conectividad de banda ancha de los albergues.

Requisitos

Las entidades locales del Principado de Asturias, los organismos autónomos locales y los consorcios, así como las entidades, organismos o empresas públicas dependientes de ellas, podrán ser beneficiarias de las ayudas según lo establecido en el artículo 3 de la ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del régimen local y el decreto 105/2005, de 19 de octubre, que regula la concesión de subvenciones a entidades locales en régimen de convocatoria pública.

Plazo, lugar y forma de presentación

La convocatoria estará abierta hasta el 30/04/2024 y comenzará después de que se publique el extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. La ficha de servicio se puede encontrar en la página web del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) utilizando el código AYUD0459T01 en el buscador de cabecera. La ficha contiene la Resolución completa, información adicional, el formulario de solicitud normalizado y la opción de presentar la solicitud electrónicamente.

Documentación anexa a la solicitud

Para solicitar una subvención, se requiere la siguiente documentación: a) Documentos que acrediten la identidad y representación de la persona que firma la solicitud en nombre de la entidad local. b) Declaración del representante de la entidad local u organismo autónomo local de que no está sujeta a las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria. c) Declaración de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se acreditará según lo establecido en la normativa correspondiente. d) Declaración de las subvenciones solicitadas o concedidas con la misma finalidad. e) Declaración de haber justificado subvenciones y ayudas concedidas anteriormente por la administración del Principado de Asturias. f) Declaración de no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, líquidas y exigibles. g) Fichero de acreedores, que se puede omitir si ya se ha aportado previamente y la entidad figura como tercero validado en el sistema contable del Principado. h) La inscripción en el Registro de Documentación Administrativa de Entidades Locales dispensa de aportar la documentación vigente y anotada en el mismo.

Condiciones de ejecución

Las actuaciones que reciban ayuda deberán ser ejecutadas en un plazo máximo de doce meses a partir de la fecha de notificación de la resolución de concesión de la ayuda.

Plazo y forma de justificación

La justificación de la subvención debe realizarse en un plazo máximo de tres meses a partir de la finalización del plazo de ejecución de las actuaciones. La cuenta justificativa debe incluir una memoria de actuación que justifique el cumplimiento de las condiciones de la subvención, así como una memoria económica que detalle el coste total de la actuación, incluyendo una relación clasificada de los costes, copias de las facturas y documentos de valor probatorio equivalente, y la documentación que acredite el pago. Si la actividad ha sido financiada con otros fondos, también se debe acreditar el importe, procedencia y aplicación de dichos fondos. Estas condiciones se rigen por el artículo 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Datos de contacto

La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo se encuentra ubicada en la calle Eduardo Herrera «HERRERITA» S/N, en la ciudad de Oviedo, Asturias. Para contactar con ellos, puedes llamar al número de teléfono 985668525.

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