La Sra. Vicepresidenta 2 y Diputada de Administración General y Hacienda ha emitido el Decreto Nº 2023-5126 el 8 de noviembre de 2023, el cual ha sido rectificado por el Decreto Nº 5289 el 16 de noviembre de 2023. Este decreto convoca subvenciones en especie para la actualización/rectificación de inventarios de bienes y derechos de las entidades locales de la provincia de Alicante con población inferior a 2.000 habitantes para la anualidad 2024. La información completa se encuentra en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante núm.225, de 23 de noviembre de 2023.
Convocatoria publicada: 23/11/2023
Objeto
Las Bases tienen como objetivo regular el proceso de concesión de hasta seis subvenciones en especie para la actualización/rectificación de los Inventarios de bienes y derechos que conformen el patrimonio municipal en la provincia de Alicante. Estas subvenciones están destinadas a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipal con población inferior a 2.000 habitantes, así como a Consorcios y Mancomunidades integrados exclusivamente por Ayuntamientos cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos sea inferior a 2.000 habitantes. Los costos de la actividad objeto de subvención son de 6.800,00 euros por inventario para poblaciones inferiores a 1.000 habitantes y de 7.800,00 euros por inventario para poblaciones superiores a 1.000 e inferiores a 2.000 habitantes. La concesión se realizará mediante un proceso de concurrencia competitiva ordinaria durante el ejercicio 2024.
Requisitos
Las entidades elegibles para recibir la ayuda de la Convocatoria deben ser Ayuntamientos y entidades de ámbito territorial inferior al municipal de la provincia de Alicante con una población oficial inferior a 2.000 habitantes, así como Consorcios y Mancomunidades integrados exclusivamente por Ayuntamientos cuya media aritmética del número de habitantes de los municipios integrantes de los mismos sea inferior a 2.000 habitantes. Además, deben cumplir con los siguientes requisitos: estar adheridas a la Acción 7. Gestión Patrimonial del Plan de Modernización 7.0 de la Diputación de Alicante, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones notificadas con anterioridad al 31 de diciembre del ejercicio inmediato anterior, no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden tener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, y haber aprobado el Inventario de Bienes y Derechos por el Pleno de la Corporación o por órgano equivalente en el caso de entidades distintas al municipio, dentro de los últimos ocho años -2016 a 2023- y antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Plazo, lugar y forma de presentación
Los Ayuntamientos interesados en solicitar las subvenciones en especie para la actualización/rectificación de inventarios de bienes y derechos de entidades locales, población inferior a 2.000 habitantes, deberán presentar su solicitud firmada por el representante legal de la Entidad en el modelo normalizado que se encuentra en el apartado «tramitación electrónica» de la convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP, a través del enlace https://diputacionalicante.sedelectronica.es/catalog/t/95374d76-76c2-48de-b017-b68606279cd6, una vez que se haya presentado ante la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. El trámite electrónico para la presentación de la solicitud, junto con la información y documentación necesarias, se encuentra en el apartado Catálogo de Trámites en el procedimiento ASISTENCIA MUNICIPIOS.
Documentación anexa a la solicitud
Para participar en esta Convocatoria, se requiere la presentación de ciertos documentos, incluyendo un certificado que indique la fecha de aprobación o rectificación del Inventario del Ayuntamiento o Entidad por el Pleno de la Corporación (o un órgano equivalente en caso de entidades distintas al municipio). Si la entidad ya ha presentado este certificado en convocatorias anteriores para la actualización o rectificación de inventarios, no será necesario presentarlo nuevamente. Además, se debe presentar una certificación que demuestre que la entidad solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento de la presentación de la documentación. Si no se autoriza a la Diputación a comprobar estos datos de forma telemática, se debe presentar un convenio de fraccionamiento o aplazamiento de deudas suscrito con la Administración correspondiente.
Condiciones de ejecución
La Diputación llevará a cabo las actuaciones concedidas utilizando sus propios medios a través de un encargo o mediante la tramitación de un expediente de contratación.
Plazo y forma de justificación
Antes del 10 de octubre de 2024, se deberá presentar de manera provisional la relación de bienes tratados, su valoración y situación jurídica, junto con el Informe Provisional de la Actualización/Rectificación del Inventario y las actuaciones propuestas. Esto se podrá hacer entregando un ejemplar en papel o por correo electrónico. Si no se puede cumplir con esta fecha debido a la falta de colaboración del Ayuntamiento/Entidad, la empresa podrá presentar un escrito justificando las circunstancias al Servicio de Asistencia Técnica y Económica, y podrá revocar la actuación.
Una vez entregada la versión provisional, el Ayuntamiento/Entidad tendrá 10 días naturales para presentar propuestas de correcciones por escrito. La empresa revisará estas propuestas y ajustará los registros en el Software GPA si son aceptadas. Si no son aceptadas, la empresa responderá al Ayuntamiento/Entidad con los argumentos por los que no se pueden aceptar. Estas respuestas se comunicarán directamente al Ayuntamiento/Entidad en un plazo máximo de 10 días naturales.
Datos de contacto
La Diputación Provincial de Alicante cuenta con una sede electrónica disponible en https://diputacionalicante.sedelectronica.es/info.0.